miércoles, 7 de junio de 2017

UNIVERSIDAD LAICA VICENTE
ROCAFUERTE DE GUAYAQUIL

FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
CARRERA DE CONTABILIDAD Y AUDITORÍA

Materia: Contabilidad Intermedia
Docente: Econ. Inés Arroba Saltos Msc.
Autores:
v Cesar Ramiro Altamirano Astudillo
v Dayana Illescas Ruiz Lissette
v Katherine Campoverde Cevallos
v María Belén Villamar Parrales
v Joselyn Thalía Guamán Flores
v Carlos Julio Espinoza Silva
Semestre: 4to
Paralelo: “A
Período - Lectivo: 2017 – 2018

Tema: Instrumentos financieros-Cuentas por  Cobrar, Normas Internacionales de Contabilidad-NIC 32, NIC 39 y Normas internacionales de Información Financiera NIIF 7-NIIF 9.

Contenido


Capitulo


Instrumentos financieros-Cuentas por  Cobrar, Normas Internacionales de Contabilidad-NIC 32, NIC 39 y Normas internacionales de Información Financiera NIIF 7-NIIF 9.

 

Características en reconocimiento de propiedad, planta y equipo.


1.Instrumentos financieros-Cuentas por  Cobrar, Normas Internacionales de Contabilidad-NIC 32, NIC 39 y Normas internacionales de Información Financiera NIIF 7-NIIF 9.


1.1. Alcance


Esta Norma será de aplicación por todas las entidades, a toda clase de instrumentos financieros, excepto a:
Las participaciones en entidades dependientes, asociadas y negocios conjuntos, que se contabilicen de acuerdo con la NIC
Esta Norma se aplicará a aquellos contratos de compra o venta de elementos no financieros que se liquiden por el importe neto, en efectivo o en otro instrumento financiero, o mediante el intercambio de instrumentos financieros, como si dichos contratos fuesen instrumentos financieros, con la excepción de los contratos que se celebraron y se mantienen con el objetivo de recibir o entregar un elemento no financiero, de acuerdo con las compras, ventas o necesidades de utilización esperadas por la entidad.

2. Conceptualización  de instrumentos financieros no derivados.


Contratos de precios fijos, a menos que el riesgo de variación del precio de mercado implícito en el contrato pueda negociarse de forma separada:
v  Contratos de seguros
v  Contratos contingentes, como garantías y cartas de crédito
v  Instrumentos financieros ordinarios, incluso si tienen características parecidas a los IFD Pero que las mismas forman parte inseparable del instrumento en cuestión.

3. Medidas  a valor razonable con efecto en resultados.


Es la cantidad por la que puede ser intercambiado un activo o cancelado un pasivo entre un comprador y un vendedor interesados y debidamente informados, en condiciones de independencia mutua.

Las variaciones del VR afectan directamente el resultado.
Activo financiero representado en un instrumentos de patrimonio podrá designarse para que las variaciones del VR afecten el otro resultado integral Esta decisión será irreversible.
v  Condiciones V R
v  Activo ó Pasivo sujeto a medición
v  Valuación apropiada (más alto y mejor uso)
v  Mercado más ventajoso
v  Técnicas de valoración más apropiadas

4. Mantenidos para la venta


Destaca que los elementos deben clasificarse atendiendo al uso o destino que decide darles la empresa, de ahí que cuando la dirección cambie de planes se verá obligada a informar en contabilidad con las oportunas reclasificaciones, por ejemplo, inversiones de renta fija que se clasifican como cartera mantenida a vencimiento y posteriormente decide venderlas, implicaría pasarlas a la cartera de disponibles para la venta; un local que ocupaba la empresa y ahora lo destina a alquiler, supone el traspaso de inmovilizado material a inversiones inmobiliarias.

A.    El activo ha de estar disponible en sus condiciones actuales para su venta inmediata.
B.     Su venta ha de ser altamente probable, para ello deben concurrir las siguientes circunstancias:
C.     La empresa ha iniciado un plan para vender el activo (está buscando comprador y tiene intención de vender el activo).

5. Mantenidos hasta el vencimiento


5.1. Valoración inicial


Las inversiones mantenidas hasta el vencimiento se valorarán inicialmente por su valor razonable, que, salvo evidencia en contrario, será el precio de la transacción, que equivaldrá al valor razonable de la contraprestación entregada más los costes de transacción que les sean directamente atribuibles.

7. Tratamiento de Costo amortizado


El nuevo PGC (Plan General de Contabilidad) establece en su primera parte -Marco Conceptual- diez criterios diferentes para la valoración de los elementos patrimoniales. Entre estos criterios figura el denominado "coste amortizado", el cual se define de la siguiente forma:
“El coste amortizado de un instrumento financiero es el importe en el que inicialmente fue valorado un activo financiero o un pasivo financiero, menos los reembolsos de principal que se hubieran producido, más o menos, según proceda, la parte imputada en la cuenta de pérdidas y ganancias, mediante la utilización del método del tipo de interés efectivo, de la diferencia entre el importe inicial y el valor de reembolso en el vencimiento y, para el caso de los activos financieros, menos cualquier reducción de valor por deterioro que hubiera sido reconocida, ya sea directamente como una disminución del importe del activo o mediante una cuenta correctora de su valor.
El tipo de interés efectivo es el tipo de actualización que iguala el valor en libros de un instrumento financiero con los flujos de efectivo estimados a lo largo de la vida esperada del instrumento, a partir de sus condiciones contractuales y sin considerar

8. Tratamiento de cuentas de dudosa cobranza


En el año 2013 una empresa realizo el asiento por estimación de cobranza dudosa de uno de sus clientes por el importe de S/.18, 750 dados que por más gestión de cobranza realizada el cliente no cumplió con el pago de la deuda.
Por otro lado, en el mes de Febrero 2015 se consigue cobrar al cliente una parte del monto por cobrar ascendiente a la cantidad de S/.15, 000.
¿Cómo sería el tratamiento contable por la recuperación de dicha deuda?
Solución:
En la práctica puede ocurrir que posteriormente al reconocimiento de un gasto por perdida de deterioro de las cuentas por cobrar el cliente, por cambios en su situación financiera, realice el pago. En este sentido, si en periodos posteriores, el importe de la pérdida de deterioro del valor disminuye, la pérdida por deterioro reconocida


9. Información a revelar


La Nota 17 del modelo normal de la Memoria prescribe varios requerimientos sobre la información a revelar para permitir a los usuarios de los estados financieros comprender:
a.         La naturaleza y alcance de los acuerdos de pagos basados en instrumentos de patrimonio que hayan existido durante el período.
b.         Cómo se determinó el valor razonable de los bienes o servicios recibidos, o el valor razonable de los instrumentos de patrimonio concedidos, durante el ejercicio.
c.         El efecto de las transacciones de pagos basados en instrumentos de patrimonio sobre el resultado del período y sobre la situación financiera de la entidad.

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