martes, 18 de julio de 2017

NIC 37 (JORDY HIDALGO TROYA-ANDY PLÚA CHELE-EMILIO QUINTO CORTEZ VIVIANA ROSADO-ALLISON TOMALA-DAYANNA VALAREZO

UNIVERSIDAD LAICA VICENTE ROCAFUERTE DE GUAYAQUIL

FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN

CARRERA DE CONTABILIDAD Y AUDITORÍA
Taller 32 : Provisiones, activos y pasivos contingentes NIC 37.
INTEGRANTES:
JORDY HIDALGO TROYA
ANDY PLÚA CHELE
EMILIO QUINTO CORTEZ
VIVIANA ROSADO
ALLISON TOMALA
DAYANNA VALAREZO

ASIGNATURA: CONTABILIDAD INTERMEDIA

DOCENTE: MAE.MSC ECO. INÉS ARROBA SALTO

SEMESTRE: CUARTO

PARALELO: “A” DIURNO




FECHA:  18 DE JULIO DE 2017






1. Características en el reconocimiento de provisiones.

Debe reconocerse una provisión cuando se den las siguientes condiciones:
La entidad tiene una obligación presente (ya sea legal o implícita) como resultado de un suceso pasado; es probable que la entidad tenga que desprenderse de recursos que incorporen beneficios económicos para cancelar tal obligación; y
puede hacerse una estimación fiable del importe de la obligación. De no cumplirse las tres condiciones indicadas, la entidad no debe reconocer la provisión.

2. Medición Inicial

La medición del importe reconocido como provisión debe ser la mejor estimación en la fecha del balance y del desembolso necesario para cancelar la obligación presente. La mejor estimación es evaluada de forma racional, en busca del valor que la entidad tendría que pagar para cancelar la obligación en la fecha del balance, o para transferirla a un tercero en esa fecha. Para realizar estas estimaciones se tendrá en cuenta: El juicio de la gerencia de la empresa, determinando las estimaciones de cada uno de los desenlaces posibles, así como de su efecto financiero. La experiencia que se tenga en operaciones similares Informes de expertos independientes que construirán parte de la evidencia. Sucesos ocurridos con posterioridad a la fecha de cierre de los estados financieros.

3. Mejor Estimación.

El importe reconocido como provisión debe ser la mejor estimación, al final del periodo sobre el que se informa, del desembolso necesario para cancelar la obligación presente.
 La mejor estimación del desembolso necesario para cancelar la obligación presente vendrá constituida por el importe, evaluado de forma racional, que la entidad tendría que pagar para cancelar la obligación al final del periodo sobre el que se informa, o para transferirla a un tercero en esa fecha.
Con frecuencia es imposible, o bien prohibitivo por caro, proceder a pagar o a transferir el importe de la obligación al final del periodo sobre el que se informa. No obstante, la estimación del importe que la entidad vaya a necesitar, para hacer el pago o la transferencia citados, proporcionará la mejor evaluación del desembolso necesario para cancelar la obligación presente al final del periodo sobre el que se informa.
Las estimaciones de cada uno de los desenlaces posibles, así como de su efecto financiero, se determinarán por el juicio de la gerencia de la entidad, complementado por la experiencia que se tenga en operaciones similares y, en algunos casos, por informes de expertos.

4. Beneficios a Empleados.

La NIC 19 ¨Beneficios a los empleados¨ tiene como objetivo determinar la valoración y tratamiento contable de las retribuciones, así como la difusión de información financiera en relación con las remuneraciones de los asalariados.
En esta norma, se dividen los beneficios a los empleados en cuatro categorías dependiendo de sus características:
v  Beneficios a corto plazo,
v  Beneficios post- jubilatorios,
v  Otros beneficios a largo plazo y
v  Beneficios por terminación.
v  Los beneficios a largo plazo a los empleados son aquellos que no son completamente pagables dentro de los 12 meses posteriores al cierre del ejercicio en el que los empleados prestaron sus servicios.
v  Beneficios post-empleo son beneficios a los empleados (diferentes de las indemnizaciones por cese y beneficios a los empleados a corto plazo) que se pagan después de completar su periodo de empleo.
v  Planes de beneficios post-empleo son acuerdos, formales o informales, en los que una entidad se compromete a suministrar beneficios a uno o más empleados tras la terminación de su periodo de empleo.
v  Beneficios por terminación son los beneficios a los empleados proporcionados por la terminación del periodo de empleo de un empleado como consecuencia de:
v  (a) una decisión de la entidad de terminar el contrato del empleado antes de la fecha normal de retiro; o
v  (b) la decisión del empleado de aceptar una oferta de beneficios a cambio de la terminación de un contrato de empleo.
v  Una entidad reconocerá un pasivo y un gasto por beneficios por terminación en la primera de las siguientes fechas:
v  (a) cuando la entidad ya no pueda retirar la oferta de esos beneficios; y
v  (b) el momento en que la entidad reconozca los costos por una reestructuración que quede dentro del alcance de la NIC 37 e involucre el pago de los beneficios por terminación.  

5. Desahucio

El Código del Trabajo como el aviso por escrito mediante el cual una persona trabajadora le comunica a la parte empleadora que su deseo o voluntad de dar por terminado el contrato de trabajo, constituye un medio para extinguir la relación laboral entre un empleador y un trabajador.

6. Jubilación Patronal

El artículo 216 del Código de Trabajo establece la jubilación patronal como un derecho a favor de los trabajadores u obreros sujetos a esta ley siempre y cuando cumplan ciertos requisitos, tales como:
     – Tener la calidad de trabajador u obrero amparado al Código de Trabajo.
     – 25 años de servicio o más.
De igual manera, el inciso 7 del artículo 188 del mismo cuerpo legal contempla que el mencionado derecho, en su parte proporcional, también se reconoce a favor de los trabajadores que hubieren cumplido más de 20 años y menos de 25 años en el caso de despido intempestivo.

7. Otras Provisiones

Debe reconocerse una provisión cuando se den las siguientes condiciones:
(a) La entidad tiene una obligación presente (ya sea legal o implícita) como resultado de un suceso pasado;
(b) es probable que la entidad tenga que desprenderse de recursos que incorporen beneficios económicos para cancelar tal obligación; y
(c) puede hacerse una estimación fiable del importe de la obligación.

8. Reconocimiento y Tratamiento de Activos Contingentes

 La entidad no debe proceder a reconocer ningún activo contingente.

-       Normalmente, los activos contingentes surgen por sucesos inesperados o no planificados, de los cuales nace la posibilidad de una entrada de beneficios económicos en la entidad. Un ejemplo puede ser la reclamación que la entidad está llevando a cabo a través de un proceso judicial, cuyo desenlace es incierto.
-       Los activos contingentes no son objeto de reconocimiento en los estados financieros, puesto que ello podría significar el reconocimiento de un ingreso que quizá no sea nunca objeto de realización.     No obstante, cuando la realización del ingreso sea prácticamente cierta, el activo correspondiente no es de carácter contingente y por tanto, es apropiado proceder a reconocerlo.

9. Reconocimiento y Tratamiento de Pasivos Contingentes

Los pasivos contingentes pueden evolucionar de manera diferente a la inicialmente esperada. Por tanto, serán objeto de reconsideración continuamente, con el fin de  determinar si se ha convertido en probable la eventualidad de salida de recursos, que incorporen beneficios económicos futuros. Si se estimara probable, para una partida tratada anteriormente como pasivo contingente, la salida de tales recursos económicos en el futuro, se reconocería la correspondiente provisión en los estados financieros del periodo en el que ha ocurrido el cambio en la probabilidad de ocurrencia (salvo en la extremadamente rara circunstancia de que no se pueda hacer una estimación fiable de tal importe).
Para cada tipo de provisión, la empresa debe informar acerca de:
(a) el importe en libros al principio y al final del ejercicio;
(b) las dotaciones efectuadas en el ejercicio, incluyendo también los incrementos en las provisiones existentes;
(c) los importes utilizados (esto es, aplicados o cargados contra la provisión) en el transcurso del ejercicio;
(d) los importes no utilizados que han sido objeto de liquidación o reversión en el ejercicio; y

(e) el aumento, durante el ejercicio, en los saldos objeto de descuento por causa del paso del tiempo, así como el efecto que haya podido tener cualquier cambio en el tipo de descuento.

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